Cláusulas Sociales en la contratación pública
CEAC Blog
Cuando los entes, organismos y entidades públicas enumerados en el del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, necesitan cubrir una demanda de bienes o servicios celebran un proceso de licitación público para otorgar la concesión de contrato administrativo o privado. En el citado Real Decreto se pormenorizan todos los detalles en cuanto a la forma del mismo, requisitos de los postulantes, etc, pero pocas administraciones hacen uso de la inclusión de cláusulas sociales como criterios de adjudicación o de ejecución que el RD permite. Es decir, no se valora la oferta económicamente más rentable sinó que la ventaja económica puede ser indirecta con el objeto de contrato pero directa con los fines públicos perseguidos por la Administración( por ejemplo contratación de colectivos con discapacidad, parados de larga duración...). En este enlace ejemplos reales de claúsulas sociales aplicadas en la contratación pública.