Prevención de riesgos laborales. Derechos y obligaciones del empresario y de los trabajadores
¿Conocemos cuáles son nuestras obligaciones y nuestros derechos como trabajadores o empresarios? A todos nos debería interesar aprender sobre este tema, por lo que optar por una Formación Profesional Oficial en Prevención de Riesgos Laborales sería una buena opción.
El empresario tiene la obligación y a la vez el derecho, de garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo, mediante las medidas necesarias para la protección, en materia de evaluación de riesgos, información, formación, consulta y participación de los trabajadores y actuaciones en caso de emergencia y riesgo grave, así como de vigilancia de la salud y constitución de una organización en materia preventiva.
Los trabajadores tienen derecho a:
– Una protección eficaz en materia de seguridad y salud.
– Ser informado para poder desarrollar su trabajo de un modo seguro.
– Recibir información teórica y práctica en materia preventiva.
– Ser consultado y a participar en el marco de todas las cuestiones que afecten a la seguridad y la salud en el trabajo.
– A interrumpir la actividad y abandonar su puesto de trabajo si se considera un riesgo grave o inminente.
– A disponer de la vigilancia de la salud. Los reconocimientos médicos son otro de los elementos que garantizan la salud laboral.
Y tienen la obligación de:
– Incorporar la prevención como parte de su trabajo y velar, dentro de su área de responsabilidad, por la propia seguridad y la de otras personas a las cuales pueda afectar su actividad profesional.
– Utilizar adecuadamente los medios, equipos, material… que proporciona la empresa y los equipos de protección de acuerdo con las instrucciones (máscaras, guantes, cascos de seguridad, etc.), siempre que sea necesario.
– No dejar fuera de funcionamiento y utilizar todos los dispositivos de seguridad en el trabajo (protecciones de maquinaria, equipos de extinción de incendios, etc.).
– Informar al superior o al servicio de prevención de la empresa (si existe) de las posibles situaciones de riesgo detectadas.
– Cooperar activamente en el mantenimiento y mejora de la seguridad en el trabajo.
En las empresas, la representación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales se desarrolla mediante los delegados de prevención, los cuales son designados por los representantes de los trabajadores, según el número de trabajadores que tenga la empresa. Sus funciones son las de colaborar activamente con la dirección en el diseño, aplicación y seguimiento de las acciones de prevención y protección, y a la vez, fomentar y promover la participación de los trabajadores.
La seguridad es una función de todos, tiene que estar planificada, organizada, ejecutada y controlada. La productividad puede resentirse si no hay seguridad, ya que cualquier tipo de accidente conlleva retrasos y paradas. Por lo tanto, la seguridad tiene que estar en la práctica operativa diaria.
¿Quieres dedicarte a este sector? A parte de la formación profesional oficial, puede interesarte formarte a tu ritmo con las Pruebas Libres en la FP de Prevención de Riesgos Profesionales. ¡Infórmate!
Mireia Olives