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Publicidad. Tipología.

La Ley General de Publicidad Ley 34/1988 de 11 de Noviembre define como Publicidad toda forma de comunicación realizada por una persona física o jurídica, pública o privada, en el ejercicio de una actividad comercial, industrial, artesanal o profesional, con el fin de promover de forma directa o indirecta la contratación de bienes muebles o inmuebles, servicios, derechos y obligaciones; Y indica que los destinatarios serán las personas a las que se dirija el mensaje publicitario o a las que éste alcance.

De un modo más coloquial podemos definir Publicidad como aquel proceso de comunicación comercial que intenta influir en las personas para comprar un servicio y/o producto gracias al uso de medios masivos.

La Publicidad se puede clasificar principalmente:

-En función del número de anunciantes, es decir, según quién se beneficie de la publicidad, ésta puede ser: Publicidad Individual, cuando se beneficia una persona (física o jurídica) que generalmente es el que ha pagado la publicidad. Publicidad colectiva o también llamada sindicada o mancomunada, cuando se beneficia más de una persona como por ejemplo: anuncio publicitario de Ron Barcardí con Coca-cola. O cuando se benefician personas que no han pagado esa publicidad llamada Publicidad genérica.

 

-En función del producto se puede hacer publicidad de bienes, de servicios o de ideas.

-En función de la actividad del anunciante. Puede tener capital público (publicidad de Administraciones Públicas) o privado, puede ser con ánimo de lucro (la publicidad la pueden hacer los fabricantes de productos, o bien los intermediarios) o sin ánimo de lucro, y puede buscar el interés particular o colectivo.

-En función de a quién va dirigida la publicidad del producto podemos hablar de mercados de consumo, cuando la publicidad va dirigida al consumidor final, o bien de mercados industriales: publicidad dirigida a Administraciones Públicas o a fabricantes.

-En función del tipo de anuncio: podemos hablar de publicidad comparativa cuando se compara dos marcas y se menciona expresamente otra/s marca/s, como por ejemplo anuncio de Burguer King donde anuncia unas nuevas patatas fritas y en letra pequeña la compara con la de Mc Donald’s. Si no se menciona expresamente otra marca hablamos de publicidad no comparativa.

-En función del alcance de la campaña publicitaria distinguimos entre Publicidad Local, si la campaña se difunde en una región concreta. Publicidad Nacional, cuando la campaña se difunde en la mayoría de las provincias de una región o Publicidad Internacional, si la misma campaña se difunde en diferentes países, sólo cambias el idioma del audio y/o del texto.

-En función del medio, la publicidad se puede hacer a través de Revistas, Televisión, Radio, Vallas Publicitarias, Internet

 

 

Escrito por Mireia Olives

Licenciada en Administración y Dirección de Empresas por la Universidad de Barcelona. Su ejercicio profesional se basa en el mundo de la Empresa, siendo una apasionada de las Ventas y Marketing Online. Profesora de cursos del Área Empresa Especialidad en Marketing.